
Un paso firme hacia la digitalización de los trámites legales y registrales… pero aún con barreras para quienes están fuera del país
A partir de agosto de 2025, las certificaciones del Registro del Estado Civil y otros documentos notariales y registrales emitidos en formato digital con firma electrónica tendrán en Cuba el mismo valor legal que sus versiones en papel.
Así lo establece la Resolución 284/2025 del Ministerio de Justicia, publicada el 10 de julio y que entrará en vigor treinta días después de su publicación en la Gaceta Oficial.
Este cambio forma parte del proceso de transformación digital del país, respaldado además por el Decreto 125/2025, que crea el Centro de Gobierno Digital y habilita oficialmente el uso de la plataforma Soberanía para tramitar servicios públicos en línea.
¿Qué cambia a partir de ahora?
- Se reconoce plena validez legal a las copias electrónicas de:
- Certificaciones del Registro del Estado Civil.
- Certificaciones del Registro de la Propiedad, Registro Mercantil, Actos de Última Voluntad, Declaratoria de Herederos, Registro de Sancionados y Registro de Juristas.
- Copias autorizadas de documentos notariales públicos.
- Estos documentos, firmados electrónicamente con certificados digitales válidos y con el sello digital del impuesto, podrán usarse en trámites administrativos, judiciales y legales, tanto en Cuba como en el extranjero.
- Las instituciones receptoras están obligadas a verificar la firma electrónica a través de los mecanismos de la Infraestructura Nacional de Llave Pública (INLP).
- Si se presenta una copia impresa del documento digital, su autenticidad puede comprobarse escaneando el código QR o introduciendo el número de caso y PIN en el sitio web del Ministerio de Justicia: www.minjus.gob.cu.
¿Cuáles son los cambios en el acceso a las certificaciones del Registro Civil?
Se modifican los artículos 140 y 147 del Reglamento del Registro del Estado Civil para reflejar estos avances:
- Las certificaciones podrán obtenerse en formato digital o en papel, según necesidad.
- Las entidades públicas tendrán acceso directo a los datos si cuentan con autorización del Ministerio de Justicia.
- Se reconoce el derecho de las personas a obtener certificaciones sobre sus inscripciones, las de familiares cercanos o parientes socioafectivos, siempre que acrediten interés legítimo.
- Los registradores deben verificar la legitimidad del solicitante, ya sea que el trámite se realice presencialmente o en línea.
¿Qué beneficios implica?
- Menos papeleo: Las instituciones ya no exigirán documentos en papel si están disponibles en formato digital verificado.
- Más agilidad: El acceso directo, seguro y en línea evita traslados y largas esperas.
- Mayor seguridad: Las firmas digitales ofrecen garantías de autenticidad y trazabilidad.
- Interoperabilidad: Se facilita la conexión entre sistemas del Estado, promoviendo la transparencia y eficiencia.
¿Cómo se solicitan estos documentos?
Aunque la Resolución 284/2025 no especifica un procedimiento detallado, el sitio oficial para realizar estas solicitudes es la plataforma digital Soberanía, accesible desde soberania.gob.cu.
Según lo informado por sus desarrolladores:
- Soberanía actúa como ventanilla única digital, agrupando más de 18 categorías de trámites, entre ellos:
- Solicitud de certificaciones del Registro del Estado Civil.
- Trámites del Ministerio del Interior como la renovación del carné de identidad o licencias de conducción.
Para utilizarla se requiere:
- Acceder al sitio desde una red dentro de Cuba.
- Crear una cuenta personal.
- Certificar la identidad mediante el sistema de identidad digital cubano.
- Realizar pagos electrónicos mediante Transfermóvil o EnZona.
- Descargar los documentos desde el espacio personal del usuario.
Además, quienes no cuentan con acceso a internet o habilidades tecnológicas pueden acudir a los Joven Club de Computación para recibir asistencia.
¿Y si estás fuera de Cuba?
Aunque la resolución establece que estos documentos digitales tendrán validez tanto en el tráfico jurídico nacional como internacional, ni la Resolución 284/2025 ni el Decreto 125/2025 definen un mecanismo específico para solicitarlos desde el exterior.
En la práctica, la Plataforma Soberanía y el portal Bienestar no son accesibles desde fuera del país. Cubanos residentes en el extranjero han reportado que estas páginas no cargan al intentar acceder desde redes internacionales, lo que impide gestionar trámites de forma directa a través de estos medios.
Esto limita de manera significativa el alcance de la digitalización para quienes más podrían beneficiarse: personas fuera del país que necesitan gestionar certificaciones para procesos migratorios, de nacionalidad, herencia o reunificación familiar.
Por tanto, aunque el reconocimiento legal de los documentos digitales representa un avance importante, aún no se garantiza el acceso efectivo a estas herramientas para la ciudadanía en el exterior.