
El Congreso de Estados Unidos, bajo la agenda del presidente Donald Trump, aprobó la “Ley de la Gran y Hermosa Ley” (One Big Beautiful Bill Act, OBBBA o BBB), una reforma que transforma de raíz muchos trámites migratorios y tributarios.
El principal cambio: la imposición de nuevas tarifas migratorias que afectan tanto a trámites tradicionales como a procedimientos humanitarios que hasta ahora eran gratuitos o de bajo costo.
Estas tarifas:
- Se añaden a las existentes en cada trámite migratorio, no las sustituyen.
- Están en vigor desde el 4 de julio de 2025, aunque el cobro efectivo comienza cuando las agencias involucradas ajusten sus sistemas.
- USCIS oficialmente indicó el inicio del cobro “pronto” y algunas tarifas específicas se aplicarían a partir del 2 de septiembre de 2025.
Aquí se detalla cómo operan las nuevas tarifas, quiénes están obligados a pagarlas, las excepciones, y qué agencias federales gestionan estos recursos.
Resumen de los Nuevos Costos Migratorios
A continuación, se presenta un resumen de las secciones más relevantes de la nueva ley, para mayor claridad:
SEC. 100001. Aplicación de las leyes de inmigración
Las tarifas establecidas se aplican obligatoriamente a todas las personas extranjeras (“aliens”), y los conceptos se interpretan conforme a la Ley de Inmigración y Nacionalidad de Estados Unidos (INA).
SEC. 100002. Tarifa por solicitud de asilo
Solicitar asilo ahora requiere una tarifa inicial de $100 dólares en 2025, con ajustes anuales según la inflación cada año.
- Destino de los fondos: 50% a la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (Executive Office for Immigration Review, EOIR), del Departamento de Justicia y el otro 50% al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (U.S. Citizenship and Immigration Services, USCIS).
- Sin exención posible.
SEC. 100003. Tarifa por permiso de trabajo (EAD)
Quienes soliciten asilo, beneficiarios de TPS o estén bajo parole ahora pagarán $550 dólares por el permiso de trabajo inicial y por cada renovación, que establezca el gobierno cada año, ajustado por la inflación.
- Destino: 25% para USCIS, el resto al Departamento del Tesoro (Department of the Treasury).
- Sin exenciones.
SEC. 100004. Tarifa por parole migratorio
El permiso humanitario especial cuesta $1,000 dólares o más, si así lo decide el gobierno, salvo excepciones puntuales (emergencia médica, funeral de un familiar, adopción con urgencia médica, colaboración con autoridades).
- Destino: Departamento del Tesoro.
- Sin exenciones salvo los casos mencionados.
SEC. 100005. Menores inmigrantes especiales
La protección para menores no acompañados o tutores legales que soliciten estatus de menor inmigrante especial (estatus SIJ) se exige un pago mínimo de $250 dólares o más.
- Destino: Departamento del Tesoro.
- Sin exenciones.
SEC. 100006. Aumento para TPS
Solicitar Estatus de Protección Temporal sube de $50 a $500 dólares, ajustable según la inflación anual.
- Destino: Departamento del Tesoro.
- Sin exenciones.
SEC. 100007. Tarifa de integridad de visado
Aplicable a todas las personas extranjeras a las que se les emita una visa no inmigrante (por ejemplo, visas de turismo o negocio). Se suman $250 dólares adicionales, reembolsables si el viajero cumple con las condiciones de la visa y sale a tiempo.
- Destino: Departamento del Tesoro.
SEC. 100008. Formulario I-94
Es el registro de entradas y salidas de país que ahora cuesta $24 dólares o más.
- Destino: 20% para Aduanas y Protección Fronteriza (Customs and Border Protection CBP), el resto al Departamento del Tesoro.
SEC. 100009. Asilo pendiente
Si el asilo sigue pendiente tras un año, se paga $100 dólares más por cada año mientras permanezcan pendiente su trámite.
- Destino: Departamento del Tesoro.
SEC. 100010-100012. Renovación o extensión de permisos de trabajo
Renovar permisos de trabajo por asilo pendiente, TPS o parole cuesta $275 dólares o más.
- Destino: 25% para USCIS, y el resto al Departamento del Tesoro.
- Sin exenciones.
SEC. 100013. Tarifas en tribunales migratorios
Solicitudes ante la corte (ajustes de estatus, residencia, cancelación o suspensión de deportación, apelaciones) cuestan de $500 a $1,500 dólares, según el tipo de solicitud.
- Destino: 25% para Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (Automated Case Information EOIR), y el resto al Departamento del Tesoro. Estos fondos no podrán ser utilizados para financiar programas de orientación legal gratuita.
SEC. 100014-100015. ESTA y EVUS
ESTA (Programa de exención de visado para determinados países): Subida a $13 dólares mínimos, con ajuste anual por inflación. El programa se extiende hasta 2034.
EVUS (Sistema Electrónico de Actualización de Visas principalmente para ciudadanos de la República de China): Tarifa inicial de $30 dólares.
- Destino: Parte a CBP, y el resto al Departamento del Tesoro.
SEC. 100016-100017. Tarifas por detenciones
Detención por orden de deportación en ausencia o por cruzar la frontera fuera de los puntos oficiales de entrada: $5,000 dólares mínimo.
- Destino: 50% para ICE (Immigration and Customs Enforcement), 50% al Departamento del Tesoro.
SEC. 100018. Cobro obligatorio de tarifas de asilo
El cobro deja de ser opcional; el gobierno está obligado a exigir el cobro de la tarifa de asilo.
¿Qué tarifas se suman y cuáles se reemplazan?
Todas las tarifas son adicionales: no reemplazan los pagos vigentes, se suman.
A continuación: Tabla Resumida de Nuevas Tarifas Migratorias para 2025 en Estados Unidos:
| Categoría Migratoria / Trámite | Formulario implicado | Tarifa actual (2025) | Tarifa OBBBA 2025 | Total estimado a pagar | Referencia legal (SEC.) |
| Solicitud de asilo (inicial) | I-589 | $0 | $100 | $100 | SEC. 100002 |
| Tarifa anual mientras esté pendiente solicitud de asilo | N/A | $0 | $100/año | $100/año | SEC. 100009 |
| Solicitud de Permiso de trabajo para solicitantes de asilo Documento de Autorización de Empleo (EAD) | I-765 | $0 | $550 | $550 | SEC. 100003(a) |
| Solicitud de Permiso de trabajo para personas en libertad condicional (Parole) | I-765 | $0 | $550 | $550 | SEC. 100003(b) |
| Solicitud de Permiso de trabajo para beneficiarios de Estatus de Protección Temporal (TPS) | I-765 | $0 | $550 | $550 | SEC. 100003(c) |
| Renovación de permiso de trabajo para Parole | I-765 | $0 | $275 | $275 | SEC. 100010 |
| Renovación de permiso de trabajo para solicitantes de asilo | I-765 | $0 | $275 | $275 | SEC. 100011 |
| Renovación de permiso de trabajo para TPS | I-765 | $0 | $275 | $275 | SEC. 100012 |
| Solicitud de Parole Humanitario (libertad condicional) | I-131 | $0 | $1,000 | $1,000 | SEC. 100004 |
| Estatus Especial menores (SIJ) | I-360 | $0 | $250 | $250 | SEC. 100005 |
| TPS – Estatus de Protección Temporal | I-821 | $80 | $500 | $580 | SEC. 100006 |
| Visa de no inmigrante | DS-160 | $185 | $250 | $435 | SEC. 100007 |
| Formulario I-94 (entrada terrestre online) | I-94 | $6 | $24 | $30 | SEC. 100008 |
| ESTA (Sistema Electrónico de Autorización de Viaje) | ESTA | $21 | $13 | $34 | SEC. 100014 |
| EVUS (Sistema Electrónico de Actualización de Visa) | EVUS | $8 | $30 | $38 | SEC. 100015 |
| Multa por ser arrestado tras orden de deportación en ausencia | N/A | $0 | $5,000 | $5,000 | SEC. 100016 |
| Multa por ingreso como inadmisible entre puertos de entrada | N/A | $0 | $5,000 | $5,000 | SEC. 100017 |
¿Cuándo se empieza a aplicar las tarifas?
- Firma de la ley: 4 de julio de 2025.
- Vigencia legal: Desde la firma, pero su cobro real inicia tras los ajustes técnicos en USCIS, ICE y otras agencias.
- Cobro real: USCIS anunció el 11 de julio que la recaudación empezaría “muy pronto”. Para tarifas específicas (tribunales, detenciones), el cobro podría iniciar a partir del 2 de septiembre.
Exenciones a las nuevas tarifas migratorias
Aunque la ley es muy estricta, sí reconoce exenciones para grupos específicos, basadas en vulnerabilidad, circunstancias humanitarias y situaciones especiales:
Grupos exentos automáticamente:
- Víctimas de trata de personas (Estatus T)
- Víctimas de crímenes graves (Estatus U)
- Personas protegidas bajo VAWA (Ley contra la Violencia hacia la Mujer)
- Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ)
- Refugiados y asilados
- Miembros y exmiembros del servicio militar de EE.UU.
- Cónyuges e hijos maltratados bajo NACARA
Exenciones adicionales:
- Visa Waiver Program (VWP): Exentos de la tarifa tradicional de visa los nacionales de países adheridos al programa. Deben abonar solo la tarifa ESTA, más baja, pero no la de visa regular.
- Visas diplomáticas y oficiales: Exención automática en tarifas de visados tipo A y G.
- Parole humanitario: Exenciones posibles solo en casos extremos (emergencias médicas, funerales, adopciones urgentes, colaboración con autoridades), evaluadas caso por caso, sin importar país de origen.
- Entrantes cubanos y haitianos bajo la definición de “Cuban and Haitian entrant”.
Agencias del Departamento del Tesoro implicadas
La administración y uso de los nuevos fondos recaudados involucran varias agencias y oficinas del Departamento del Tesoro (Department of the Treasury), entre las que destacan:
- Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Service, IRS): Administra la recaudación tributaria federal y se encarga de gravámenes o controles derivados de la ley.
- Oficina de Servicios Fiscales (Bureau of the Fiscal Service): Supervisa la administración, depósito y desembolso de los fondos públicos asociados a las tarifas migratorias.
- Oficina de Control de Activos Extranjeros (Office of Foreign Assets Control, OFAC): En casos de sanciones financieras o restricciones vinculadas a migración.
- Agencias secundarias: Como la Oficina de Grabado e Impresión o la Casa de Moneda, con funciones de apoyo logístico y manejo de liquidez.
La “Ley de la Gran y Hermosa Ley” (One Big Beautiful Bill Act) supone un giro importante en la política migratoria de Estados Unidos.
Además de complejizar los trámites, eleva los costos a niveles sin precedentes y restringe severamente la posibilidad de exención.
El impacto será especialmente fuerte en personas y familias vulnerables que buscan protección o nuevas oportunidades en el país, convirtiendo el acceso regular a Estados Unidos en una carrera de obstáculos económicos, más allá del papeleo tradicional.