Para que exista responsabilidad civil deben darse tres cosas: que alguien haya actuado de forma ilícita o negligente, que eso haya causado un daño real y que exista una relación directa entre lo que hizo esa persona y el daño que sufriste.
Hay situaciones que nos pasan o que le pasan a alguien cercano y que solemos asumir como «mala suerte»: el vecino que hizo una obra y te perjudicó tu vivienda, el conductor que te chocó por negligencia, la edificación que se derrumbó y dañó tu casa, el animal de otro que te atacó, o el empleado de una entidad que en el ejercicio de sus funciones te causó un perjuicio.
En muchos casos, la persona afectada no reclama porque no sabe que tiene derecho a hacerlo, o porque cree que reclamar no sirve para nada.
Pero la ley cubana es clara: quien causa un daño está obligado a repararlo. Eso es, en pocas palabras, la responsabilidad civil. Y conocer este derecho puede marcar una gran diferencia cuando te encuentras en una situación así.
¿Cuándo puedes reclamar responsabilidad civil por un daño?
La responsabilidad civil puede surgir en situaciones muy distintas y mucho más cotidianas de lo que parece. Estos son los casos más frecuentes:
- Daños por obras o construcciones entre vecinos. Tu vecino decidió abrir un pozo, levantar una pared o hacer una remodelación, y como resultado te tiró escombros en el patio, reventó tu tubería, provocó filtraciones o afectó la estructura de tu casa. Da igual si la obra tenía licencia o no: la ley obliga a quien construye a tomar todas las precauciones necesarias para no causar daños a terceros. Si no lo hizo y te perjudicó, es responsable.
- Daños por edificaciones en mal estado. Si una construcción vecina se derrumba total o parcialmente — o cae alguna de sus partes — y eso causa daños a tu propiedad o a tu familia, el propietario responde civilmente. Salvo que pueda demostrar que cumplió con todas las normas de mantenimiento, la responsabilidad recae sobre él.
- Accidentes de tránsito. Un conductor que provoca un accidente y causa lesiones, la muerte de un familiar, o daños a tu vehículo u otros bienes, tiene la obligación de resarcirte. Los conductores profesionales además están obligados por ley a tener contratado un seguro de responsabilidad civil con la ESEN, precisamente para cubrir estos casos.
- Daños causados por mascotas o animales. Si el perro del vecino te mordió, si el ganado de alguien destruyó tu cosecha, o si cualquier animal de otra persona te causó daños, el propietario del animal responde. No importa si en ese momento el animal estaba o no bajo su custodia directa.
- Daños causados por menores de edad. Si un menor bajo la tutela o guarda de sus padres o responsables te causó un daño, la reclamación se dirige contra los adultos responsables de ese menor. Ellos responden civilmente por las consecuencias de los actos de quienes están bajo su cuidado.
- Daños causados por entidades estatales o privadas. Aquí hay algo que mucha gente no sabe: si un funcionario, empleado o trabajador de una entidad — estatal o no estatal — te causó daños en el ejercicio de sus funciones, la entidad responde civilmente. No solo la persona que cometió el acto, sino la institución detrás. Y si esa entidad tiene un seguro contratado, la aseguradora también puede ser parte de la reclamación.
- Daños al medio ambiente. Cuando el acto ilícito provoca daños ambientales que te afectan directamente, la indemnización debe cubrir los gastos necesarios para la rehabilitación total del entorno afectado.
¿Qué puedes exigir exactamente?
Más de lo que muchos imaginan. El Código Civil cubano permite reclamar 4 tipos de resarcimiento, que además no son excluyentes entre sí. Puedes pedir varios a la vez si tu situación lo justifica:
- La restitución del bien: que te devuelvan lo que te dañaron, o te lo reparen, en el estado en que estaba antes del daño.
- La reparación del daño material: cuando la restitución no es posible, que te paguen el valor de lo perdido o el costo de los arreglos. Por ejemplo, el importe de reparar una pared derrumbada, o el valor de un electrodoméstico destruido.
- La indemnización del perjuicio: esto va más allá del objeto dañado. Cubre los gastos médicos si hubo lesiones, el salario que dejaste de ganar mientras estabas incapacitado, otros ingresos que no pudiste percibir, y cualquier gasto en que hayan incurrido tú o tus familiares a causa del daño. Si hubo una muerte, también puede incluir una prestación periódica para quienes dependían económicamente del fallecido.
- La reparación del daño moral: cuando el daño afectó tu dignidad, tu honor o tu bienestar emocional. En el sistema cubano, esta reparación consiste en la retractación pública del responsable.
Cuando son varios los que causaron el daño, no tienes que dividir la reclamación entre ellos. La responsabilidad es solidaria, lo que significa que puedes exigirle el resarcimiento completo a cualquiera de los responsables, y ellos se arreglan entre sí después.
¿Qué pruebas necesitas reunir?
La carga de la prueba recae sobre quien reclama, y este es un punto crucial. No basta con saber que te causaron un daño: tienes que poder demostrarlo.
Una demanda mal documentada puede acogerse solo parcialmente o desestimarse por completo.
Por eso, desde el primer momento, documenta todo lo que puedas: fotografías y videos del daño con fecha visible, nombres y datos de al menos dos testigos, facturas y recibos de los gastos que hayas tenido, certificado médico si hay lesiones, denuncia ante la Policía Nacional Revolucionaria con su constancia, y cualquier comunicación que hayas tenido con el responsable — mensajes, cartas, actas. Si el daño es estructural o requiere una valoración especializada, un peritaje técnico puede ser determinante.
¿A dónde acudir en Cuba para reclamar responsabilidad civil por daño?
Depende de la naturaleza del daño y de quién lo causó.
La vía principal es la judicial civil. La demanda se presenta ante el Tribunal Municipal Popular del lugar donde ocurrió el daño o donde vive el demandado. Si el demandado es una entidad estatal o persona jurídica, corresponde al Tribunal Provincial Popular.
Para esto necesitas la asistencia de un abogado de los Bufetes Colectivos de tu municipio. La primera consulta es gratuita, y los honorarios para la representación en proceso civil están regulados por tarifas fijas establecidas en la Resolución 231/2023 del Ministerio de Justicia.
Si el daño está relacionado con una vivienda o construcción, puedes presentar primero una queja ante la Dirección Municipal de la Vivienda o ante la Dirección Municipal de Planificación Física y Ordenamiento Territorial. Esta vía administrativa no es obligatoria, pero puede ayudarte a obtener documentación oficial útil para tu reclamación.
Si los hechos pueden constituir además un delito, por ejemplo, destrucción intencional de bienes, puedes presentar denuncia ante la Fiscalía Municipal o la Policía. En ese caso, puedes ejercer la acción civil dentro del propio proceso penal, sin necesidad de iniciar un proceso civil por separado.
¿Y si el responsable dice que no tiene con qué pagar?
Eso no cierra el caso, ni mucho menos. El tribunal tiene herramientas concretas para garantizar que la víctima cobre.
Si el responsable no paga voluntariamente, la Caja de Resarcimientos del Ministerio de Justicia puede embargarle el salario u otros ingresos, así como sus bienes. Si no tiene nada embargable, el tribunal puede ordenarle que trabaje en beneficio de la comunidad para saldar la deuda. Y si se considera que su ausencia del país podría afectar tus intereses como víctima, el tribunal puede incluso imponerle la prohibición de salir del territorio nacional hasta que pague.
En casos extremos de insolvencia comprobada, cuando la víctima enfrenta una grave necesidad económica como consecuencia inmediata del daño, la propia Caja de Resarcimientos puede asumir el pago con cargo a sus fondos, hasta un monto equivalente a diez veces el salario medio del país.
Además, el tribunal puede fijar el pago de la responsabilidad civil en cuotas de hasta el 20% del salario o ingreso periódico del obligado, durante un período que puede extenderse hasta quince años en circunstancias excepcionales.
Y para garantizar que no desaparezcan los bienes antes de pagar, puede prohibirle al responsable enajenar o gravar su patrimonio sin autorización judicial.
Actúa rápido: tienes un año
Este es quizás el dato más importante de todo: la acción para reclamar prescribe al año desde que conoces el daño y quién lo causó. Pasado ese plazo, pierdes el derecho legalmente.
Sin embargo, ese plazo se interrumpe — y comienza a contar de nuevo desde cero — si presentas una reclamación extrajudicial ante el responsable o si ejerces la acción ante los tribunales. Por eso es importante actuar con rapidez y dejar constancia escrita de cualquier gestión que hagas.
Un detalle importante: cuando la responsabilidad civil es declarada dentro de un proceso penal, la deuda resultante es imprescriptible. Es decir, no tiene plazo de caducidad.
Lo primero que debes hacer
Si sufriste un daño causado por un tercero, estos son los pasos inmediatos:
- Documenta todo desde el primer momento. Fotos, testigos, facturas, denuncias. No esperes a que la situación «se resuelva sola» porque el tiempo corre en tu contra.
- Consulta con un abogado de los Bufetes Colectivos de tu municipio. La primera consulta es gratuita y te orientará sobre las posibilidades reales de tu caso y la vía más adecuada para reclamar.
- No asumas el daño que causó otro.
Referencia: Cubatrámite