Las personas naturales y jurídicas interesadas en trabajar como agentes de seguros en Cuba deberán estar atentas a la publicación de un nuevo reglamento que modificará la documentación y el procedimiento para obtener la licencia correspondiente.
El cambio fue anunciado mediante la Resolución 111 de 2026 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada el 20 de julio de 2026 en la Gaceta Oficial Ordinaria número 61.
La norma entrará en vigor diez días después de su publicación, es decir, el próximo 30 de julio de 2026. A partir de esa fecha dejarán de aplicarse los capítulos III y IV del Reglamento para el ejercicio de la actividad de agentes de seguros, aprobado por la Resolución 65 de 2023.
Estos capítulos regulaban hasta ahora los documentos que debían presentar los solicitantes y el procedimiento para emitir, renovar, suspender o revocar las licencias.
No obstante, la Resolución 111 de 2026 no incluye la nueva lista de documentos ni explica cómo funcionará el trámite. Esa regulación deberá ser dictada por la Superintendencia de Seguros antes de la entrada en vigor de la modificación.
¿Por qué se modifica el procedimiento para obtener la licencia de agente de seguros en Cuba?
El Ministerio de Finanzas y Precios señala que la modificación responde a la utilización de un nuevo sistema informático para gestionar y controlar las licencias de los agentes de seguros.
Por esta razón, el superintendente de Seguros deberá establecer un reglamento que determine:
- La información que deben presentar las personas naturales y jurídicas.
- Los documentos necesarios para obtener la licencia.
- La manera en que se conservará la documentación.
- El procedimiento para emitir la licencia.
- Los requisitos y pasos para renovarla.
- Las causas y el procedimiento para revocarla.
- Las reglas aplicables a la suspensión de la licencia.
Hasta que este nuevo reglamento sea publicado, no es posible confirmar cuáles serán los modelos, documentos ni canales de presentación que se utilizarán desde el 30 de julio.
¿Qué hace un agente de seguros en Cuba?
Un agente de seguros puede ser una persona natural o jurídica autorizada por la Superintendencia de Seguros y vinculada a una entidad aseguradora mediante un contrato de agencia.
Su función consiste en servir de intermediario entre la aseguradora y las personas interesadas en contratar una póliza.
Entre las actividades que puede realizar se encuentran:
- Promocionar y proponer productos de seguros.
- Asesorar e informar a los posibles asegurados.
- Tramitar la contratación de pólizas.
- Cobrar las primas cuando esté autorizado para ello.
- Gestionar la conservación, modificación, renovación o cancelación de los contratos.
- Mantener una cartera de seguros reconocida.
La actividad tiene carácter profesional y se realiza a cambio de una comisión calculada sobre las primas cobradas, de acuerdo con lo pactado con la entidad de seguros.
¿Quiénes pueden solicitar la licencia de agentes de seguros en Cuba?
La modificación anunciada no elimina los requisitos generales recogidos en el capítulo II de la Resolución 65 de 2023. Lo que se sustituye son los capítulos relacionados con la documentación y la tramitación de las licencias.
De acuerdo con el artículo 7 del reglamento vigente, una persona natural que solicite una licencia de agente de seguros debe cumplir, entre otras, las siguientes condiciones:
- Tener al menos 17 años.
- Encontrarse apta física y mentalmente.
- Ser ciudadana cubana residente en Cuba o extranjera con residencia permanente en el país.
- Tener como mínimo duodécimo grado de escolaridad.
- Poseer los conocimientos técnicos necesarios para ejercer la actividad.
- No haber sido inhabilitada definitivamente para trabajar en el sector de los seguros.
- No haber sido sancionada por determinados delitos que afecten la confianza requerida para ejercer esta actividad.
- No realizar funciones incompatibles con la mediación de seguros.
- No ocupar un empleo o cargo desde el que pueda influir en la libre decisión de otras personas para contratar una póliza.
- Tramitar la autorización para ejercer el trabajo por cuenta propia cuando corresponda.
- Habilitar una cuenta bancaria.
Las personas jurídicas también pueden solicitar la licencia, siempre que se encuentren legalmente constituidas y sean dirigidas por personas que cumplan las condiciones de capacidad, honradez comercial y profesional exigidas legalmente.
Estos requisitos generales continúan recogidos en la Resolución 65 de 2023, pero habrá que comprobar si el nuevo reglamento introduce precisiones sobre la manera de acreditarlos.
¿Qué documentos se exigían hasta ahora?
Antes de la modificación, las solicitudes de las personas naturales se presentaban acompañadas, entre otros documentos, por:
- Acreditación del nivel de escolaridad.
- Certificación sobre el vínculo laboral y el cargo desempeñado, cuando correspondiera.
- Certificado de habilitación técnica como agente de seguros.
- Declaración jurada sobre la inexistencia de incompatibilidades.
- Verificación relacionada con el comportamiento ético, moral y social del solicitante.
- Dos fotografías tipo carné.
Sin embargo, esta relación no debe considerarse la lista definitiva aplicable desde el 30 de julio de 2026, porque se encuentra precisamente dentro de los capítulos y anexos que serán sustituidos por la regulación del superintendente de Seguros.
Además, existe una contradicción que deberá ser aclarada: mientras el artículo 7 exige un nivel mínimo de duodécimo grado, el anexo correspondiente a la documentación todavía menciona noveno grado.
Por ello, los interesados deberían esperar la publicación de los nuevos modelos e instrucciones antes de preparar certificaciones o realizar gastos para obtener documentos.
¿Dónde se presenta la solicitud para agentes de seguros en Cuba?
El procedimiento anterior establecía que la solicitud debía formularse a través de la entidad de seguros con la cual la persona natural o jurídica pretendiera vincularse mediante un contrato de agencia.
La entidad aseguradora tramitaba posteriormente la documentación ante la Superintendencia de Seguros.
La actual Resolución 111 de 2026 no confirma si esta intermediación se mantendrá exactamente de la misma forma, ni indica si los solicitantes podrán realizar alguna parte del procedimiento directamente mediante el nuevo sistema informático.
Este será uno de los aspectos que deberá aclarar el reglamento pendiente.
¿Cuánto tiempo tendrá validez la licencia de agentes de seguros en Cuba?
La Resolución 65 de 2023 establece que la licencia de agente de seguros se otorga por cinco años, es intransferible y puede renovarse por un período igual, previa autorización de la Superintendencia de Seguros en Cuba.
Esta regulación se encontraba en el capítulo IV, que dejará de tener efectos el 30 de julio. Por tanto, será necesario revisar el nuevo reglamento para confirmar:
- Si se mantiene la vigencia de cinco años.
- Con cuánta antelación deberá solicitarse la renovación.
- Cuál será el plazo de resolución.
- Cómo se tramitarán las suspensiones.
- Cuándo procederá la revocación.
- Cómo se gestionarán las licencias ya otorgadas.
La Resolución 111 de 2026 tampoco incluye disposiciones transitorias específicas para las solicitudes que se encuentren en tramitación ni para las licencias vigentes.
¿Qué deben hacer ahora los interesados en ejercer como agentes de seguros en Cuba?
Quienes deseen ejercer como agentes de seguros en Cuba pueden comenzar por contactar con una entidad aseguradora y consultar las posibilidades de formación y vinculación contractual.
No obstante, antes de presentar una nueva solicitud, conviene:
- Esperar la publicación del reglamento de la Superintendencia de Seguros.
- Comprobar la lista actualizada de documentos.
- Verificar si se habilitará un portal o sistema informático para el trámite.
- Confirmar si la solicitud seguirá presentándose exclusivamente mediante una aseguradora.
- Revisar las reglas transitorias para las licencias y solicitudes anteriores.
- No utilizar automáticamente los antiguos formularios de la Resolución 65/2023.
Implicaciones prácticas para los agentes de seguros activos
Para los agentes activos, la principal implicación en el corto plazo es que los trámites de renovación de licencias deberán realizarse conforme al nuevo procedimiento del Superintendente, no con los modelos y plazos que establecía el Capítulo IV de la Resolución 65 de 2023.
Se recomienda estar atentos a las comunicaciones de la entidad aseguradora con la que operan, ya que, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la Resolución 65 de 2023, aún vigente, es la propia entidad de seguros la que solicita la renovación ante la Superintendencia con treinta días de antelación al vencimiento.
Para los aspirantes a agentes, el camino sigue comenzando por la entidad aseguradora con la que pretendan vincularse: ESEN o ESICUBA, según corresponda. Es esa entidad la que tramita la solicitud de licencia ante la Superintendencia, ahora a través del nuevo sistema informático.
Con fundamento legal en:
- Decreto-Ley 177/1997, Sobre el Ordenamiento del Seguro y sus Entidades.
- Resolución 65/2023 del Ministerio de Finanzas y Precios, Reglamento para el ejercicio de la actividad de agentes de seguros.
- Resolución 111/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada en la Gaceta Oficial Ordinaria número 61, de 20 de julio de 2026.
Con información de: Superintendencia de Seguros de Cuba.