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Tipos de visas para viajar a México desde Cuba

18 de mayo, 2012

La visa consular es el visto bueno de una representación consular, que se expresa mediante un documento que se imprime, adhiere o adjunta a un pasaporte u otro documento admitido como válido para efectos de circulación internacional. La visa se otorga con base en criterios fijados por la autoridad migratoria.

La visa consular es aplicable a TODOS los extranjeros de países que requieren visa para internarse en México.

La visa consular se obtiene en las representaciones diplomáticas y consulares del Servicio Exterior Mexicano (Consulados de México en el Exterior) del país en que el extranjero resida, teniendo en cuenta que existen dos procedimientos:

1. Visas por solicitud directa y personal en el Consulado de México en Cuba, respaldadas con documentos de los propios nacionales cubanos y/o extranjeros residentes en Cuba:

a) Turismo, Tránsito y cualquier Visitante que planeé viajar a México con recursos propios y con permanencia en el país por un periodo menor a 180 días sin recibir remuneración.

b) Estudiantes.

c) Viajeros auspiciados, mediante Carta Invitación, por una entidad, universidad u organismo en México: Conferencistas, participaciones en congresos, personas de negocios, etc., que no reciban honorarios ni cuenten con la categoría de cooperantes dada por el Gobierno de México.

d) Familiar de mexicano o de extranjero residente en México.

e) Cooperantes avalados por el Gobierno de México.

f) Ministros de Culto o Asociados Religiosos, y

g) Visas solicitadas por organismos cubanos y ACOREC.

2. Visas respaldadas con un permiso tramitado por alguna persona en México (mexicano o extranjero con estancia regular) que solicite al Instituto Nacional de Migración de México tu internación.

El Instituto Nacional de Migración, recibirá las solicitudes de visa únicamente en los casos de Unidad Familiar, Oferta de Empleo o Razones Humanitarias.

Obtenga con anticipación una cita por cada persona que vaya a presentarse para el trámite de visa, incluyendo menores de edad.
Las citas se obtienen por Internet, seleccionando la fecha que más le convenga desde el siguiente enlace: Programación de citas MEXITEL

Importante

  • Cuando el interesado no cumpla con los requisitos de la visa que solicite, la autoridad consular le prevendrá para que subsane los requisitos omitidos de conformidad con el artículo 130 de la Ley. En caso de que no los presente, se desechará el trámite.
  • Este hecho no impedirá que el solicitante pueda presentar una nueva solicitud cuando el interesado esté en posibilidad de subsanar los requisitos específicos de la visa que solicite para que la autoridad analice de nueva cuenta.
  • En los casos que el solicitante presente documentos alterados, apócrifos, u obtenidos fraudulentamente será registrado en las listas de control migratorio y no podrá obtener visa para ingresar a México.

¿Quiénes no requieren visa consular para ingresar a México?

No requerirá visa mexicana el extranjero que presente alguno de los siguientes documentos:

a. Documento que acredite residencia permanente en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen;
b. Visa válida y vigente de los Estados Unidos de América;
c. Tarjeta de Viajero de Negocios de APEC (ABTC) aprobada por México;
d. Certificado que lo acredite como miembro de la tripulación de la aeronave en que arriba, o
e. Libreta de mar, si es miembro de la tripulación de la embarcación que arriba a puerto mexicano en travesía internacional. Si el tripulante arriba por vía área para enrolarse en un buque surto en puerto nacional, deberá presentar además de la libreta de mar, documento que acredite su enrolamiento, los datos de la embarcación y el puerto mexicano en el que esta se encuentra.

Conozca el Procedimiento para obtener visas con permiso del INM.

Con este contenido usted obtendrá una idea general, pero se le recomienda, informarse adecuadamente de cualquier duda directamente a la Sección Consular al correo consultascuba@sre.gob.mx

Fuente: Consulado de México en Cuba

Actualizado el 20 de abril de 2019


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