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¿Qué es el Permiso de Viaje Temporal en Cuba?

13 de abril, 2009

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El Permiso de Viaje Temporal (PVT) se otorga a los ciudadanos cubanos que salen al exterior a solicitud de un organismo o institución cubana con el objetivo de cumplir diferentes actividades y tareas.

Este tipo de permiso puede ser por diferentes períodos de tiempo, en dependencia de la actividad que cumplirá el ciudadano cubano.

En ocasiones los ciudadanos cubanos visitan el consulado solicitando extender su permiso de viaje temporal, motivado porque la actividad por la que salieron de Cuba se extiende por un período mayor del establecido en su permiso de viaje. Estas prórrogas de estancia no se solicitan en el consulado, sino por el propio interesado con el organismo que tramitó su salida ante la sección de asuntos oficiales de la Dirección de Inmigración y Extranjería (DIE), por lo que el consulado se limitará a orientar al interesado que contacte con su organismo para que inicie el trámite de solicitud de extensión de permiso.

Al recibir la autorización de la sección de asuntos oficiales de la DIE para una prórroga de estancia de un ciudadano cubano con un PVT (Permiso de Viaje Temporal), el consulado en el momento de estamparlo en el pasaporte solamente cobrará el importe que establece el arancel consular, estipulado en ese momento, independientemente que la prórroga autorizada sobrepase el periodo de 6 meses, un año o dos años. El servicio que se cobra es: la pegatina utilizada y la comunicación recibida de Cuba.

Con este contenido usted obtendrá una idea general, pero se le recomienda, informarse adecuadamente de cualquier duda al respecto en la  oficina consular que le corresponda, según su lugar de residencia.


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