Conoce los requisitos en México para viajar al extranjero con menores
Sabías que conforme a la Ley de Migración, para que un menor de edad mexicano o extranjero pueda salir de México, quien ejerza la patria potestad -madre o padre o ambos- o la tutela deberá autorizar la salida de México del menor mediante uno de los siguientes documentos:
1. Formato SAM. Formato de autorización de salida de menor emitido por el Instituto Nacional de Migración de México (INM). Este formato avala la autorización de los padres para que los menores de edad puedan salir sin su compañía de México. Es gratuito, fácil de tramitar y se puede obtener en línea. Es la opción recomendada por ser más expedita.
2. Documento notarial para salida de menor a través del cual quienes ejerzan la patria potestad o la tutela autorizan su salida del territorio nacional, otorgado ante fedatario público -notario-.
Formato SAM para la autorización de salida de menores de México
El Formato de salida de menor SAM es el documento mediante el cual los menores de edad, mexicanos o extranjeros, con Residencia Temporal, Temporal Estudiante o Permanente, pueden viajar al extranjero solos o en compañía de un tercero mayor de edad.
El Formato SAM tiene la misma validez que el Poder Notarial y además es GRATUITO.
Para obtener el Formato SAM, los padres o personas que ejerzan la patria potestad de los menores mexicanos o extranjeros con condición de residencia en México, en cualquier lugar donde se encuentren, ingresarán al portal del Instituto Nacional de Migración para llenar online el formato de autorización de salida de México de niñas, niños, adolescentes o personas bajo tutela jurídica.
Una vez lleno, darán clic para aceptar y el documento correrá en las bases de datos del INM para verificar si no existe alerta migratoria o su equivalente, emitida por México o por otro país, impuesta para la salida del menor.
Si el trámite es positivo, permitirá que el interesado imprima tres (3) copias del formato de salida del menor. Una para el Agente Federal de Migración, otra para la empresa de viajes y la tercera que deberás conservar como tu acuse de usuario.
Para evitar contratiempos, se recomienda acudir con anticipación a la Delegación Federal de Migración más cercana o a los puntos de internación y salida al extranjero -aeropuertos, puertos marítimos y terrestres- con el Formato SAM debidamente lleno y la siguiente documentación:
- Original y 3 copias del Pasaporte del menor,
- 3 copias del acta de nacimiento del menor,
- 3 copias de la identificación vigente de la persona que ejerce la patria potestad o tutela del menor,
- 3 copias de la identificación vigente del acompañante del menor –en caso de que viaje con un tercero mayor de edad-.
El Formato SAM deberá ser presentado y sellado por la autoridad migratoria. Una vez en la oficina del INM -aeropuertos, puertos marítimos y terrestres-, el Agente Federal de Migración revisará la documentación y, en caso de no existir irregularidades, procederá a sellar los formatos para darles validez oficial.
El formato de autorización de salida, también podrá obtenerse en los lugares destinados al tránsito internacional de personas, donde la autoridad migratoria verificará las alertas migratorias en el sistema a fin de aprobar el trámite.
Importante: Las representaciones consulares de México no participan de este proceso.
¿En qué casos no es necesario presentar el Formato SAM?
En caso de que las o los menores viajen acompañados con ambos padres, uno de ellos, su tutor legal o si van a ser repatriados a México.
Poder Notarial otorgado ante notario público
En el caso de que los padres opten por la presentación de un documento notarial se deberá especificar el medio de transporte, destino y fecha de viaje, lo cual podría ser una complicación, porque el notario o la autoridad autorizada puede no estar familiarizada con este proceso.
Los poderes notariales una vez que han sido emitidos por el notario deberán ser legalizados.
En el caso de optar por el poder notarial o requerir la autorización judicial, éstos también deberán presentarse en original y dos copias, junto con la documentación requerida.
Conozca que
- Desde el año 2014, el Formato SAM es utilizado como una medida de facilitación y protección para evitar que las niñas, niños y adolescentes que viajan solos o con un tercero mayor de edad al extranjero, sean extraídos ilegalmente del país.
- Tiene una vigencia de seis meses a partir de su expedición y sólo podrá ser utilizado una vez durante su período de vigencia.
- El Formato SAM es un trámite gratuito.
- Deberá tramitarse un Formato SAM por cada menor que vaya a salir al extranjero y por cada viaje que realice.
- Sólo los agentes del INM están autorizados para sellar el Formato SAM, sin este sello, las y los menores de edad no podrán salir de territorio mexicano aunque cuenten con su boleto de viaje.
- Se exceptúa de este trámite todo aquel menor que se encuentre en territorio nacional bajo la condición de estancia de “Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”, entre los que se encuentran los turistas y personas que viajan de tránsito. Ante la duda, verifique si en la visa estampada en el pasaporte aparece la frase: “Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”, de ser así, no se requerirá esta autorización.
- El pasaporte portado por un menor mexicano no se considera documento que suple el permiso de salida del menor.
- Por cada salida de México, se requerirá de una nueva autorización.
- En caso de irregularidades detectadas durante el sellado de tu Formato SAM contacte al Centro de Atención Telefónica: 01800 00 46264
Fuente: Consulado de México en Cuba / INM
Actualizado el 20 de agosto de 2018