¿Cómo saber cuando un cubano es declarado como emigrado?
En Cuba son considerados ciudadanos cubanos emigrados a:
- Los que viajan con pasaporte corriente y deciden establecer su residencia permanente en el exterior, después de transcurrir el término de 24 meses autorizado o haya vencido la prórroga otorgada.
- Los que viajan con otro tipo de pasaporte cubano y deciden permanecer en el exterior por motivos distintos a los previstos para su salida del país. Todos aquellos que viajan con pasaporte oficial (pasaporte rojo). Se incluyen los que viajan en misión por colaboración.
- Los que salgan del territorio nacional sin cumplir las regulaciones migratorias establecidas. Son todos aquellos que viajan de manera ilegal.
Entrada a Cuba de los ciudadanos cubanos emigrados
Desde del 1 de enero de 2018, se eliminó el trámite de Habilitación de pasaporte que permitía la entrada a Cuba de los cubanos declarados emigrados.
A partir de esa fecha los cubanos que habían sido declarados emigrados, incluidos los que salieron ilegalmente del país podrán ingresar a Cuba con su pasaporte cubano, válido y actualizado.
Con esta medida migratoria se exceptúan, para su entrada a Cuba, a los ciudadanos cubanos que salieron ilegalmente a través de la Base Naval de los Estados Unidos en Guantánamo, quienes no podrán regresar nunca, a Cuba.
Bajo esta condición migratoria de emigrado, tampoco le estará permitido el ingreso a Cuba a los ciudadanos cubanos que abandonaron misiones médicas, diplomáticas o delegaciones deportivas u otro tipo, hasta no cumplir 5 u 8 años posteriores a su salida, según corresponda.
Solicitud de Residencia (repatriación) en Cuba para ciudadanos cubanos emigrados (HE-4)
El ciudadano cubano en la categoría de emigrado conserva su ciudadanía cubana, pero pierde sus derechos como residente del país, el cual solo podrá recuperar a través del proceso conocido como “repatriación».
La repatriación se otorga para entrar al territorio nacional a ciudadanos cubanos emigrados para re asentarse nuevamente en el país con carácter permanente.
Las solicitudes de autorización de Residencia en Cuba (HE-4) serán formuladas en las oficinas consulares por los solicitantes o por los familiares en Cuba de los interesados quienes podrán presentar las solicitudes en alguna de las oficinas de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería de Cuba (DIIE) y para ello deberán completar el siguiente formulario unico para tramites migratorios y cumplir con los requisitos pertinentes que podrán revisar en el siguiente enlace:
Ver más información sobre Cómo solicitar desde el exterior la repatriación a Cuba.
Fuente: MINREX
Foto: DC