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¿Cómo y dónde los cubanos pueden solicitar Visa de No inmigrante para visitar Estados Unidos?

9 de enero, 2018

El día 29 de septiembre del 2017 el Departamento de Estado de los Estados Unidos redujo su personal suspendiendo la mayoría de los servicios de visado en La Habana y cancelando todas las citas de entrevista para Visa de No-inmigrante y de Inmigrante que habían sido previamente programadas. El personal de la embajada que permanece en La Habana, desde el anuncio, solo lleva a cabo funciones diplomáticas y consulares básicas, incluyendo la asistencia de emergencia a ciudadanos estadounidenses que se encuentren en Cuba.

El 22 de diciembre del 2017 la Oficina de Servicios de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) anunció que suspenderá de forma temporal e inmediata las operaciones en su embajada en La Habana, ante la reducción de personal, y será la oficina de la agencia en México la que asumirá estos trámites.

La prensa cubana, el día 23 de diciembre (2017) informó a la población la noticia, que se propagó entre la población cubana con la afirmación de que a partir de este anuncio sería en México donde los cubanos realizarían los trámites para solicitar o renovar Visa de No Inmigrante para viajar a Estados Unidos, lo que nos alentó a ampliar esta información comunicada de voz en voz por los cubanos, como que:

  • Efectivamente, en el Consulado de Estados Unidos en México los cubanos podrán tramitar o renovar las Visas de No Inmigrante para visitar Estados Unidos, pero esta opción no excluye al resto de los países que cuentan con un Consulado de Estados Unidos en el exterior. Los cubanos, también, podrán tramitar la visa americana de No Inmigrante en cualquier país de su elección en el que se encuentren físicamente y exista una Embajada o Consulado de Estados Unidos. Y tal como indica el sitio de la Embajada de Estados Unidos en Cuba los cubanos “Para solicitar una cita de visa de no inmigrante, por favor visite ustraveldocs.com y seleccione una embajada o consulado de los Estados Unidos donde programar su entrevista.
  • Los trámites que se realizan en los Consulados de Estados Unidos en el exterior difieren de los servicios que ofrecen las Oficinas (locales e internacionales) de Servicios de Inmigración y Ciudadanía (USCIS). Las Oficinas locales o internacionales de USCIS pertenecen al Departamento de Seguridad Nacional y son oficinas independientes a los Consulados de Estados Unidos en el exterior que pertenecen al Departamento de Estado; y las mismas pueden localizarse dentro o fuera de la Embajada de Estados Unidos en el país donde están establecidas.

¿Qué trámites los cubanos pueden hacer en los Consulados de Estados Unidos ubicados en México u otro país?

Los ciudadanos cubanos,

al igual que los ciudadanos de otros países, pueden solicitar visas en cualquier embajada o consulado de los Estados Unidos, pero deben encontrarse físicamente presentes en ese país.

Al quedar restringida la aprobación de nuevos visados para los ciudadanos cubanos, desde el 18 de marzo de 2019, cuando los Estados Unidos determinó la reducción de validez de la visa de No Inmigrante B2 que era otorgada por un período de 5 años para los nacionales cubanos a tres (3) meses con una (sola) entrada, queda, a partir de esta circunstancia, eliminada la opción u oportunidad de Renovación de visa de No Inmigrante B2, cuando la misma estaba próxima a vencerse.

Los ciudadanos cubanos desde la aplicación de esta reducción, solamente podrán viajar a un tercer país para solicitar Visa de No Inmigrante B2, para una sola entrada a Estados Unidos con estancia hasta tres (3) meses.

Por tanto para tramitar una Visa de No Inmigrante B2, deberán cuando corresponda, tramitar previamente  una visa para viajar al país donde elijan realizar el trámite, residir en el mismo, o en su defecto elegir un país que no les requieran un visado.

¿Cómo ingresar a México para solicitar Visa de No Inmigrante para viajar a Estados Unidos?

Para ingresar a México con intención de solicitar Visa de No Inmigrante B2 para viajar a Estados Unidos el interesado deberá tramitar una Visa para viajar a México en calidad de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, hasta por 180 días, en el Consulado de México en Cuba.

Para solicitar visa para viajar a México se deberá obtener, previamente, una cita y presentar los requisitos que se solicitan y que podrán encontrar detallados en el sitio web del consulado de México en Cuba desde el siguiente enlace: embamex.sre.gob.mx

Se les advierte que actualmente el sistema de citas se activa en fechas muy precisas y para determinados plazos, pero no cubren la demanda por lo que se prevé que próximamente se implemente un nuevo mecanismo de citas para Cuba, como informó recientemente en su sitio web el Consulado de México en Cuba.

Cuando la visa para visitar México le haya sido otorgada, es recomendable que antes de viajar a México inicie el proceso de trámite para solicitud de visa de No Inmigrante B2 para viajar a Estados Unidos, en cualquiera de los Consulados de Estados Unidos en México, y finalmente agendando la cita desde el siguiente enlace: mx.usembassy.gov

Es también, importante comprobar la vigencia del pasaporte cubano, el cual deberá tener una vigencia no menor a 6 meses. Si su pasaporte cubano estuviese próximo a vencerse es recomendable que tramite un nuevo pasaporte, el cual es renovable aunque no haya expirado; y deberá viajar con ambos pasaportes.

Considere que a su ingreso a México, las autoridades migratorias mexicanas podrán realizarle algunas preguntas que confirmen los motivos de su viaje, el tiempo que permanecerá en México, cómo solventará los gastos durante su estancia, además de comprobar que tiene la intención de salir de México; por lo que sería prudente tener junto con el resto de sus documentos, la notificación de la cita del consulado de Estados Unidos en México que deberá gestionar anticipadamente accediendo al siguiente enlace: mx.usembassy.gov

¿Dónde puedo encontrar información sobre como solicitar cita en México, para Visa de No Inmigrante para viajar a Estados Unidos?

Visite el sitio web mx.usembassy.gov  y revise toda la información que este sitio le proporciona.

¿Cuál es el costo de solicitud o renovación de visa de No Inmigrante para viajar a Estados Unidos, en México?

El costo de solicitud para los ciudadanos cubanos de una visa de No Inmigrante B2, para una sola entrada para una estancia de dos (2) meses, prorrogables por otros 30 días para un total de tres (3) meses, tiene una tarifa de $50 USD, desde que se aplicó la reducción de la validez de la visa B2, el 18 de marzo de 2019.

Todos los pagos deberán hacerse en efectivo en cualquier sucursal CitiBanamex o Scotiabank, en México

Soy cubano, y poseo una visa americana de No Inmigrante otorgada con anterioridad ¿Qué ventaja me proporciona haber tenido una visa? 

Si usted ya ha tenido una visa anteriormente, será necesario que se presente con su visa anterior.

Deberás seguir el mismo procedimiento que para solicitar nueva visa, y una vez llenado el formato DS-160 debes elegir trámite sin entrevista (IWP), y agendar tu cita para presentarte en el centro de atención CAS con los siguientes documentos:

  1. Hoja de Confirmación de solicitud en línea DS-160
  2. Pasaporte vigente y con hojas disponibles
  3. Visa anterior
  4. Fotografía a color de 5cm x 5cm.
  5. Documentos adicionales: Pasaportes que contengan visas Americanas anteriores, aun cuando las mismas hayan expirado, acta de nacimiento (original o copia certificada), pruebas económicas (Estados de cuenta, documentos de impuestos), pruebas educativas (Diplomas universitarios, Cédula Profesional), pruebas de empleo (Recibos de nómina, credencial de la empresa, carta del departamento de Recursos Humanos)

Un oficial consular revisará el paquete de solicitud y tomará una determinación.  Si el oficial consular no tiene preguntas adicionales, el pasaporte y la visa estarán disponibles en la oficina de DHL seleccionados en 5-10 días laborales.  Si el oficial tuviera preguntas acerca de la solicitud, un representante de la Embajada se pondrá en contacto para agendar una entrevista en la Embajada.

¿Qué trámites los cubanos pueden hacer en la Oficina local de USCIS en Ciudad de México?

  1. Recibir información general.
  2. Para informar que ha decidido, voluntariamente, abandonar su estatus de residente permanente legal de los Estados Unidos: Deben enviar el Formulario I-407 a la Oficina Local en Ciudad México.

¿Cuáles son los nuevos procedimientos que la Oficina Local de USCIS en La Habana ha actualizado?

La Oficina Local de USCIS en La Habana, suspendió el día 23 de diciembre temporalmente y de manera inmediata sus operaciones, debido a las reducciones en el personal de la Embajada de Estados Unidos en La Habana, Cuba y actualizó cuáles, cómo y dónde se realizarán los trámites, que hasta la fecha se venían formalizando en la oficina local de La Habana.

Las personas que viven en Cuba deben seguir las siguientes instrucciones según el trámite de su interés:

  • Iniciar trámite para Petición de Familiar Extranjero: Deben presentar el Formulario I-130 para su petición por correo dirigiéndolo a la Localidad Segura (Lockbox) de Chicago, a través del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS): a las siguiente dirección:
    USCIS
    O. Box 805887
    Chicago, IL 60680-4120

Puede encontrar información adicional sobre presentaciones en la página web del Formulario I-130.

  • Solicitud de Documento de Viaje para todo aquel que es residente permanente legal en Estados Unidos y en su viaje temporal a Cuba perdió, le robaron o le destruyeron su tarjeta LPR y/o su permiso de reingreso y necesita un documento de viaje para volver a Estados Unidos: Los que se encuentran en este supuesto siempre y cuando cumplan los requisitos de temporalidad de viaje, podrán presentar el Formulario I-131A en cualquier sección consular de una Embajada de Estados Unidos u Oficina Internacional de USCIS de cualquier país fuera de Cuba.

Aquellos que al cierre temporal de la Oficina Internacional de USCIS en la Habana tienen su solicitud de Documento de Viaje en trámite, USCIS le contactará para proporcionar más instrucciones acerca del procesamiento de su caso.

  • Petición de familiar refugiado o asilado: El interesado debe presentar el Formulario I-730 en el Centro de Servicio de Nebraska o de Texas, según su lugar de residencia en Estados Unidos.

La USCIS está trabajando con el Departamento de Estado para reprogramar los casos de Petición de familiar refugiado o asilado (Formulario I-730) que ya se encontraban en trámite en la Embajada de Estados Unidos en La Habana y contactar a los  solicitantes y beneficiarios muy pronto.

Para los casos de Petición de familiar refugiado o asilado (Formularios I-730) que todavía no tienen una cita programada para entrevista, el Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado le notificará a aquellos afectados cuando programe la cita en un lugar designado.

  • Solicitud de ciudadanía estadounidense por miembros de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos que están estacionados en el extranjero: Los que se encuentren en este supuesto deben visitar la página web del Formulario N-400 o llame al  1-800-375-5283 para obtener las instrucciones para iniciar presentación.

USCIS reenviará su solicitud a la oficina internacional adecuada. Para hijos cualificados de los miembros activos de las Fuerzas Armadas estacionados en el extranjero, el formulario que debe presentar es el Formulario N-600K, Solicitud de Ciudadanía y Emisión del Certificado bajo la Sección 322.

  • Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano: LA USCIS está trabajando con el Departamento de Estado para asegurar que el Programa CFRP continúe en funcionamiento y pronto se anunciarán los cambios en los procedimientos para entrevistas y procesamiento de documentos de viaje de los beneficiarios del Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano.
  • Programa de Permisos para familiares de Médicos Cubanos: Estamos trabajando con el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) para asegurar que el procesamiento de los casos para la reunificación familiar CMPP continuarán para cónyuges e hijos y publicaremos información acerca de las entrevistas/ procesamiento de los documentos de viaje muy pronto.

¿Cómo puedo contactar a la Oficina Local de USCIS en la Ciudad de México?

La Oficina de USCIS en Ciudad México no acepta visitas sin cita, por lo que deberás coordinar una cita a través de InfoPass para visitar la Oficina de USCIS en Ciudad México.

¿Dónde puedo encontrar más información a dudas relacionadas con los procedimientos para visas de No Inmigrantes e Inmigrantes para viajar a Estados Unidos?

La embajada de los Estados Unidos en Cuba en su sitio web ha incluido un grupo de respuestas a las preguntas más frecuentes relacionadas con los procedimientos para visas de No Inmigrantes e Inmigrantes para viajar a Estados Unidos mientras la Embajada de Estados Unidos en Cuba permanece cerrada.

También, puede comunicarse vía email a havanaConsularInfo@state.gov o al fax (+53) 7839-4217 o teléfono (+53) 7839-4152

¿Cuáles son las solicitudes de visa que se están atendiendo en la Embajada de los EE.UU. en La Habana, después del cierre temporal anunciado el 29 de septiembre de 2017?

Las únicas solicitudes que la Embajada de los Estados Unidos en La Habana podrá procesar durante el cierre temporal son las correspondientes a visas diplomáticas u oficiales (categorías A y G).

O aquellos casos excepcionales de urgencia médica en las que el solicitante tenga una condición de salud con peligro para su vida que necesite de tratamiento médico en los Estados Unidos, requiriendo la presentación de una carta de un médico o institución médica en los Estados Unidos que exprese la disposición de tratar la dolencia específica y que detalle la duración y costo estimado del tratamiento (incluyendo honorarios de hospitalización y todos los gastos médicos asociados). Si el solicitante se encuentra en estas circunstancias, por favor contáctenos a través de havanaconsularinfo@state.gov para obtener una cita en la Embajada de los EE.UU. en La Habana.

Fuentes: cu.usembassy.gov  / mx.usembassy.gov / uscis.gov /  granma.cu
Foto: Univisión

Actualizado el 24 de marzo de 2019


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